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Lavado de Activos.

Lavado de Activos.

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Testaferros ¿enemigos o amigos?

Desde la promulgación de la Ley   Nº 27765 (2002) a la promulgación del Decreto Legislativo N° 1106, podemos afirmar que todavía estamos en proceso de arribar a una experiencia madura que nos permita ver íntegralmente el problema que vincula el lavado de activos y dinero con las conductas punibles en la legislación penal como el tráfico ilícito de drogas, delitos contra la administración pública, secuestro, proxenetismo, tráfico de menores, defraudación tributaria, delitos aduaneros u otros similares que generen ganancias ilegales.

Y como es conocido, la gran dificultad de conocer con precisión este delito es el hecho que trasgrede fronteras utilizando para ello el sistema financiero internacional, que muchas veces es permisivo a este tipo de actividad criminal o simplemente no la advierte.

Uno de los aspectos más preocupantes es la existencia de testaferros dentro de estas actividades criminales que para su realización intervienen casi siempre con organizaciones de índole delictiva que disimulan sus operaciones bajo diferentes actividades lícitas que pueden ser religiosas, educativas, empresariales, comerciales o bancarias.

La intención de querer darle una apariencia lícita a los dineros o bienes obtenidos ilícitamente, para evitar ser vinculados con el delito de donde se obtuvo las ganancias ilegales, cada día se presenta mas sofisticadamente. Y puede ser que un ciudadano común venda o adquiera bienes o créditos de estas entidades de apariencia lícita y mañana más tarde se vea involucrado en un proceso criminal por estar en la cadena de comercio aparente, sin conocer absolutamente con quienes estaba realizando operaciones comerciales.

Más complicado es cuando requerimos o nos requieren para ser "Testaferros" de algún bien valioso (acciones, inmuebles, vehículos, etc.), sin invstigar bien con quien nos estamos relacionando para operaciones de simulación, que para nuestro Código Civil son comprendidas y válidas; pero que para el lado de la investigación criminal es un serio inconveniente que acarreará no sólo enormes sufrimientos, sino algo peor, el encarcelamiento.

Y la gravedad en este caso particular, de ser un honesto testaferro a la luz de nuestro ordenamiento jurídico, es la realidad de nuestro "sistema de investigación criminal" (policía, agentes obligados a informar irregularidades, estructura procesal, competencias en fiscalías, criterios de los jueces en la evalución de las pruebas y motivación de sus sentencias). Y es que los esquemas de determinación de la participación del testaferro como miembro de una organización - pequeña, mediana o grande), aún no tiene una visión completa de todos los elementos que tiene este fenómeno, tal vez por su enfoque exageradamente lógico, silogístico, que desvirtúa los principios racionales que nos permitirían ver la realidad en su verdadera dimensión.

Ningún Estado, sociedad moderna desean la presencia del narcotráfico, lavado de dinero o de activos, trata de blancas, explotación de menores, tráfico de armas, o terrorismo; desde hace siglos el garrote y la ley han venido tratándo de erradicar estos males y más bien se acrecientan e instalan en la profundidad de nuestras juventudes e infancia. Debemos innovar con nuevos enfoques que trasciendan las fronteras del Derecho, de la típica investigación policial, y de otras fuentes con visiones únicamente idealistas, holistas o de orden individualista; debemos abrir campo a la integración de mejores métodos de análisis teóricos y tecnológicos que nos permitan dar los pasos fundamentales en la solución de estos graves problemas que hoy enfrenta cruelmente nuestra sociedad.

Lima, Setiembre de 2012.

Juan de la Piedra